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Servicios ACH

Servicios ACH

 Términos y condiciones

Fecha: 8 de abril de 2020. Cualquier cambio posterior a este Acuerdo de servicios ACH tendrá fecha y se puede encontrar y leer en el Acuerdo de servicios ACH correspondiente en el sitio web de Banktech.

Estos términos y condiciones de los Servicios ACH (los “Acuerdo de servicios ACH”) son un acuerdo legal entre usted y Paradigm Services, Inc. dba Banktech y el Proveedor de servicios (“tecnología bancaria”) para los servicios de procesamiento de transacciones electrónicas para ayudarlo a recibir pagos de clientes mediante cheques en papel o transacciones electrónicas ACH (el “Servicios ACH”). Al utilizar los Servicios ACH, usted acepta estar sujeto a este Acuerdo de Servicios ACH, el Consentimiento de firma electrónica, el Condiciones de usoy todos los demás términos, políticas y pautas aplicables a su uso de los Servicios ACH, incluidos los términos que limitan nuestra responsabilidad y requieren arbitraje individual para cualquier posible disputa legal. Si utiliza los Servicios ACH en nombre de una empresa o entidad, esa empresa o entidad acepta estos términos. Los términos definidos tendrán el mismo significado que los que se encuentran en las Condiciones Generales, salvo que aquí se defina lo contrario.

  1. Definiciones: Los siguientes términos utilizados en este Acuerdo tendrán el significado que se especifica a continuación:
    • Transacción ACH“: Una transacción de pago electrónico originada por el Comerciante y procesada a través de la Red ACH en el Sistema de la Reserva Federal.
    • Administrador“: El empleado del Comerciante que ha sido designado como contacto principal del Comerciante con JHA para los Servicios y ha sido designado por el Comerciante para gestionar la administración del acceso a los Servicios, incluidas las contraseñas, y comunicar las autorizaciones a JHA.
    • Banco de Primer Depósito“: En una Transacción Check 21, la institución financiera que recibe la Entrada de JHA y transmite la Entrada a través del sistema del Banco de la Reserva Federal para su transmisión a la Institución financiera del Cliente para débito o crédito en la cuenta del Cliente.
    • cheque 21“: La Ley Check for the 21st Century (Check 21) y todas las regulaciones relacionadas con la Ley Check 21.
    • Verificar 21 transacciones“: Una transacción de pago electrónico que utiliza una imagen de Cheque Sustituto permitida por Check 21.
    • Información confidencial“: Los programas de software y la documentación utilizados por JHA para proporcionar los Servicios al Comerciante y las contraseñas y otra información o materiales de naturaleza confidencial y patentada que JHA proporciona al Comerciante en virtud de este Acuerdo.
    • "Cnuestro software“: Los cursos y materiales de capacitación para el usuario final relacionados con el uso y operación de los Servicios y el sistema de procesamiento de JHA que JHA o un Revendedor pueden proporcionar a través de capacitación presencial, capacitación en línea o entrega de aprendizaje electrónico al Comerciante.
    • Cliente“: Cliente del Comerciante que realiza un pago al Comerciante mediante cheque en papel o transferencia ACH.
    • Entrada": Una transacción enviada por el Comerciante a JHA para su procesamiento por los Servicios y definida con más detalle en las Reglas de NACHA.
    • Imagen“: La imagen que resulta del escaneo electrónico de un cheque en papel por parte del Comerciante.
    • Reglas de NACHA“: Las reglas, regulaciones y pautas de procedimiento vigentes en ese momento publicadas por la Asociación Nacional de Cámara de Compensación Automatizada (“NACHA”) y/o todas las alianzas de pagos regionales asociadas con NACHA.
    • Institución financiera depositaria de origen” o “ODFI”: En una Transacción ACH, la institución financiera que recibe la Entrada de JHA y transmite la Entrada a su Operador ACH para su transmisión a una Institución Financiera Depositaria Receptora para débito o crédito en la cuenta del Cliente, según se detallan más adelante estos términos. definido en las Reglas NACHA.
    • Revendedores“: Un revendedor externo, como un revendedor ISO o un revendedor de valor agregado, designado y autorizado por JHA para revender y/o entregar los Servicios y el material didáctico al Comerciante, en este caso Paradigm Services, Inc.
    • Servicios“: Los servicios de procesamiento ACH y/o los servicios de procesamiento de Check 21 proporcionados por JHA al Comerciante en virtud de este Acuerdo.
    • Cuenta de liquidación“: Una cuenta bancaria de depósito a la vista comercial que el Comerciante ha establecido para el acceso y uso de JHA para liquidar transacciones de pagos financieros procesadas por JHA en virtud de este Acuerdo.
    • Software“: Programas de software y documentación y materiales asociados que JHA proporciona al Comerciante para su uso con los Servicios.
  • Cheque sustituto“: La Imagen electrónica de un cheque en papel, tal como se define en el Cheque 21.
  • Proveedor de servicio”significa Jack Henry & Associates, Inc. o JHA

2. Configuración y prestación de servicios:

 

  • Junto con este Acuerdo, el Comerciante ha completado y enviado a JHA o a un Revendedor (según corresponda) una solicitud inicial por escrito y documentación de respaldo sobre el estado comercial y financiero del Comerciante, para la consideración de JHA en la configuración de la cuenta y la prestación de los Servicios al Comerciante. . El Comerciante reconoce que JHA tendrá derecho a confiar en la validez, precisión e integridad de la información proporcionada por el Comerciante en su solicitud y la documentación de respaldo a JHA, para el uso de JHA al realizar su revisión de debida diligencia del estado y la situación financiera del Comerciante para determinar (un ) si JHA celebrará este Acuerdo con el Comerciante; (b) si JHA proporcionará todos o alguno de los Servicios al Comerciante en virtud de este Acuerdo; y (c) los estándares y límites de procesamiento de cuentas y crédito que JHA aplicará al procesamiento de las Entradas del Comerciante. Después de la aceptación inicial y la configuración del Comerciante para la prestación de los Servicios por parte de JHA, JHA puede solicitar de vez en cuando que el Comerciante proporcione información actualizada y documentación de respaldo a JHA para confirmar el estado comercial y crediticio actual del Comerciante en ese momento, lo cual el Comerciante deberá aplicar. mejores esfuerzos para entregar a JHA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud por escrito de JHA. Cualquier incumplimiento por parte del Comerciante de proporcionar la información y la documentación de respaldo solicitada por JHA a través de la solicitud o por otros medios de manera oportuna se considerará un incumplimiento sustancial de este Acuerdo por parte de
  • Cuando la solicitud del Comerciante haya sido aceptada y aprobada por JHA, JHA, ya sea directamente o a través de un Revendedor que haya contratado la prestación de Servicios con el Cliente, deberá proporcionar los Servicios seleccionados por el Comerciante en su solicitud. El Comerciante utilizará y accederá a los Servicios de acuerdo con los términos de este Acuerdo y las prácticas y procedimientos establecidos por JHA para los Servicios que han sido comunicados por escrito al Comerciante. Como parte del proceso de configuración y embarque del Comerciante:
  • JHA proporcionará al Comerciante un nombre de usuario y una contraseña administrativos y de puerta de enlace (“Contraseña”) para acceder a los Servicios alojados en el sistema de procesamiento de JHA. El Comerciante designará un Administrador que será el único individuo con la autoridad para determinar quién estará autorizado a utilizar los Servicios; establecer contraseñas separadas para cada usuario; y establecer límites a la autoridad de cada usuario para acceder a información y realizar transacciones. El Comerciante es responsable de las acciones de su Administrador, la autoridad que el Administrador otorga a otros para actuar en nombre del Comerciante y las acciones de las personas designadas por el Administrador para utilizar los Servicios. El Comerciante deberá adoptar procedimientos y prácticas de seguridad razonables para salvaguardar la confidencialidad de las contraseñas; limitar el acceso a sus contraseñas únicamente a personas que necesiten conocer dicha información; monitorear de cerca y regularmente las actividades de los empleados que acceden a los Servicios; y prohibir a sus empleados y agentes iniciar entradas en los Servicios sin la autorización y supervisión adecuadas y controles de seguridad adecuados.
  • JHA proporcionará al Comerciante Servicios de procesamiento para los tipos de Entrada indicados en la documentación de configuración y embarque del Comerciante y/o en su contrato con el Revendedor (si corresponde) que el Comerciante desea utilizar. JHA se reserva el derecho de retirar los Servicios de procesamiento proporcionados generalmente a sus clientes, incluido el Comerciante, para tipos de Entradas individuales de la disponibilidad y cobertura general del mercado en virtud de este Acuerdo, previa notificación por escrito al Comerciante con noventa (90) días de antelación. En la medida razonablemente posible, JHA primero intentará procesar una Entrada en los Servicios como una Transacción ACH, a menos que la Entrada haya sido claramente designada para ser procesada como una Transacción Check 21, siempre que la Entrada califique completamente para ser procesada como una Transacción ACH. Transacción de acuerdo con las Reglas NACHA aplicables y JHA ha recibido toda la información requerida de la Imagen o cheque en papel necesaria para procesar la transacción como una Transacción ACH. Si la Entrada no se puede procesar como una Transacción ACH por algún motivo, JHA procesará la Entrada en los Servicios como una Transacción Check 21.
  • Antes de enviar una Entrada a JHA para su procesamiento, el Comerciante deberá obtener todas las autorizaciones y aprobaciones de su Cliente y entregar cualquier notificación relacionada con esa Entrada que sean requeridas por las Reglas de NACHA y/o las leyes y regulaciones aplicables. El Comerciante será responsable de la exactitud y propiedad de todas las Entradas enviadas a JHA para su procesamiento. Si el Comerciante utiliza un escáner para crear Imágenes que se entregan a JHA para su procesamiento, el Comerciante será el único responsable de garantizar la exactitud e integridad de la Imagen transmitida a JHA para su procesamiento.
  • El Comerciante reconoce que JHA tiene plazos de procesamiento específicos impuestos por su ODFI y el Operador ACH para Transacciones ACH y por el Banco de Primer Depósito para Transacciones Cheque 21. Los archivos recibidos dentro de la fecha límite se transmitirán ese día al Banco de la Reserva Federal para su liquidación el día de entrada efectiva. Los archivos recibidos después de la fecha límite se procesarán el siguiente día bancario según lo definido en las Reglas de NACHA.
  • Para las Transacciones de Cheque 21, JHA no será responsable de imprimir ningún Cheque Sustituto que pueda ser requerido por una institución financiera para recibir y procesar la Entrada.
  • En caso de conflicto en las instrucciones recibidas por JHA con respecto al Comerciante o cualquier Entrada relacionada con ellos, JHA puede, a su opción y con o sin previo aviso, retener o interponer, cumplir con el proceso legal u otra orden, o limitar de otro modo el acceso por parte de JHA. Comerciante o por JHA a los fondos, Entradas o producto de las mismas.
  • JHA o un Revendedor pueden poner a disposición del Comerciante capacitación y/o material didáctico para el usuario final para ayudar al Comerciante a comprender y utilizar los Servicios y el sistema de procesamiento de JHA. El material didáctico es un producto propiedad de JHA y sus licenciantes y se proporciona al Comerciante para su uso interno exclusivo. JHA y sus licenciantes se reservan todos los derechos de propiedad sobre los materiales de Courseware. Para las clases de capacitación realizadas por JHA o el Revendedor en las instalaciones del Comerciante, el Comerciante deberá pagar la tarifa aplicable de la clase de capacitación en el sitio cotizada por JHA o el Revendedor y los gastos de viaje reembolsables de bolsillo del capacitador de JHA o del Revendedor que viaja hacia y desde las instalaciones del Comerciante. Lugar para impartir la sesión de formación. Para las clases en línea y los módulos de aprendizaje electrónico proporcionados por JHA o el Revendedor, el Comerciante deberá pagar la tarifa de la clase de capacitación especificada en el sitio de registro de clases en línea. Si JHA o el Revendedor ofrecen una licencia de Courseware que le permite al Comerciante realizar sus propias clases de capacitación interna para el personal del Comerciante y sus Clientes, el Comerciante deberá pagar la tarifa anual de licencia de Courseware cotizada por JHA o el Revendedor por el uso de los módulos de Courseware con licencia. por el Comerciante para este propósito.

3. Recuperación y Compensación:

 

  • El Comerciante reembolsará inmediatamente a JHA por cualquier devolución o déficit que se produzca en la Cuenta de Liquidación del Comerciante. JHA se reserva el derecho de retrasar la disponibilidad de fondos para depósito sin previo aviso por escrito al Comerciante si, a su exclusivo criterio, JHA se considera en riesgo financiero o relativo por todos y cada uno de los Servicios prestados en virtud de este Acuerdo.
  • El Comerciante por la presente reconoce y acepta que JHA tendrá derecho de compensación contra:
    • cualquier cantidad que JHA estaría obligada a depositar en la cuenta del Comerciante, y
    • cualquier otra cantidad que JHA pueda deber al Comerciante en virtud de este Acuerdo.
  1. Uso de servicios de captura remota de depósitos: Si el Comerciante utiliza los Servicios de captura remota de depósitos de JHA, se aplicarán los siguientes términos complementarios a esos Servicios:
  • Todos los cheques depositados electrónicamente por el Comerciante mediante el uso de los Servicios de captura remota de depósitos estarán sujetos a los siguientes requisitos:
  • El cheque en papel original no se depositará a través de los Servicios de captura remota de depósitos más de una vez;
  • Todos los cheques cumplirán con los requisitos del acuerdo de depósito del Comerciante con su institución financiera; y
  • El Comerciante revisará y validará la exactitud e integridad de los datos del cheque que se capturan, incluidos, entre otros, el monto del cheque y la legibilidad de la Imagen del cheque generada a partir del uso de los Servicios de captura remota de depósitos;
  • El Comerciante será el único responsable de la selección, uso y operación del equipo de escáner utilizado para capturar la Imagen utilizando los Servicios de Captura de Depósito Remoto, incluida la calidad de los resultados de la Imagen generada por el escáner. Cualquier escáner utilizado por el Comerciante con los Servicios de captura remota de depósitos debe cumplir con las especificaciones técnicas para escáneres publicadas por JHA para que se considere compatible con la Captura remota de depósitos. JHA ofrece escáneres que ha certificado que son compatibles para su uso con los Servicios de captura remota de depósitos para comprar o arrendar a clientes sus Servicios de captura remota de depósitos. Cualquier compra o arrendamiento de escáneres por parte del Cliente a JHA o un Revendedor para su uso se realizará entre el Comerciante y JHA o un Revendedor en un acuerdo de compra/arrendamiento de equipo separado.
  • El Comerciante será el único responsable de todos los daños, pérdidas, gastos y reclamaciones que surjan de cualquiera de los siguientes:
  • Duplicación de Imágenes transmitidas por el Comerciante a JHA a través de los Servicios de Captura Remota de Depósitos;
  • Alteración de imágenes escaneadas no causadas por los servicios o el software de JHA;
  • Depósito de cheques en cuentas con fondos insuficientes, cheques falsificados, cheques fraudulentos o cheques con endosos no autorizados o falsificados;
  • Actos de fraude, negligencia o mala conducta intencional cometidos por empleados del Comerciante al depositar cheques utilizando los Servicios de captura remota de depósitos;
  • Fallo de hardware no causado por los Servicios o el Software de JHA; o
  • Falta del comerciante para almacenar adecuadamente los cheques originales una vez capturada la imagen escaneada.

5. Precios y Pago:

 

  • El Comerciante deberá pagar a JHA o al Revendedor (si el Comerciante ha contratado los Servicios o Cursos que entregará un Revendedor) las tarifas, sanciones y cargos por los Servicios o Cursos que se muestran en el programa de tarifas estándar publicado en ese momento para comerciantes ubicados en los Estados Unidos. Estados que se ha proporcionado al Comerciante. Todos los montos se declaran, son pagaderos y son pagaderos en dólares estadounidenses, y excluyen cualquier impuesto u otros cargos que pueda imponer una entidad gubernamental sobre los Servicios o el Material didáctico, excepto los impuestos adeudados sobre los ingresos de JHA o del Revendedor. Para los servicios o tarifas de material didáctico facturados por JHA directamente al Comerciante, JHA se reserva el derecho de exigir al Comerciante el pago de estas tarifas adeudadas en virtud de este Acuerdo mediante un débito ACH realizado por JHA contra la Cuenta de liquidación del Comerciante u otra cuenta bancaria.
  • Después de que se haya completado el período inicial de doce meses del término inicial de este Acuerdo, si el Comerciante ha contratado directamente con JHA para la prestación de los Servicios al Comerciante por parte de JHA, JHA se reserva el derecho de aumentar las tarifas de los Servicios o Cursos una vez cada doce (12 ) período de un mes durante la vigencia de este Acuerdo en no más del diez por ciento (10%) de las tarifas de tarifas de Servicios o Cursos anteriores, notificándole al Comerciante por escrito al menos sesenta (60) días antes de dicho aumento. Si el Comerciante ha contratado a un Revendedor para la prestación de los Servicios al Comerciante por parte de JHA, cualquier aumento de precio en las tarifas de los Servicios o del Material didáctico se determinará y aplicará de acuerdo con el acuerdo escrito entre el Revendedor y el Comerciante.
  1. Reglas de NACHA y pautas de JHA: Cada parte deberá cumplir con las Reglas de NACHA vigentes en ese momento que se aplican a las Transacciones ACH procesadas en virtud de este Acuerdo. Además, JHA puede publicar para el Comerciante y otros comerciantes sus propias pautas estándar de operación e implementación para los Servicios con respecto a las Reglas específicas de NACHA que regirán y aplicarán a este Acuerdo como se establece en este documento.
  1. Confidencial Procedimientos de Información y Seguridad:

 

  • El Comerciante protegerá y mantendrá la confidencialidad de toda la Información Confidencial divulgada por JHA al Comerciante en virtud de este Acuerdo y cumplirá con los procedimientos de seguridad descritos en este Acuerdo y en cualquier política y procedimiento de JHA comunicados por escrito al Comerciante. El Comerciante reconoce que el propósito de estos procedimientos de seguridad es verificar la autenticidad de una Entrada y no detectar un error en la transmisión o el contenido de una Entrada. No se ha acordado ningún procedimiento de seguridad para la detección de dicho error entre JHA y el Comerciante. El Comerciante es estrictamente responsable de establecer y mantener los procedimientos para protegerse contra transmisiones no autorizadas.
  • El Comerciante entiende que la contraseña y las instrucciones de acceso y uso de los Servicios proporcionadas por JHA son confidenciales y acepta asumir todos los riesgos de divulgación accidental o uso inadvertido o incorrecto por cualquier parte, excepto JHA, ya sea que dicha divulgación de uso se deba a negligencia del Comerciante o Son actos deliberados. El Comerciante reconoce que ninguna persona de JHA solicitará jamás ninguna contraseña y que los empleados de JHA no necesitan ni deben solicitar la contraseña del Comerciante.
  • El Comerciante cambiará su contraseña periódicamente y siempre que cualquier persona que haya tenido acceso a una contraseña ya no esté empleada o autorizada por el Comerciante para utilizar los Servicios. JHA puede exigir al Comerciante que cambie su contraseña en cualquier momento. JHA puede negar el acceso a los Servicios sin previo aviso si no puede confirmar a su satisfacción la autoridad de cualquier persona para acceder a los Servicios o si JHA cree que dicha acción es necesaria por razones de seguridad.
  •  
  • El Comerciante reconoce que los Servicios y el Software proporcionados por JHA en virtud de este Acuerdo incorporan secretos comerciales de JHA y sus licenciantes y, como tales, están protegidos por las leyes civiles y penales. El Comerciante notificará a JHA inmediatamente sobre la posesión, uso o conocimiento no autorizado de cualquier artículo suministrado bajo este Acuerdo por parte de cualquier persona u organización no autorizada por este Acuerdo para tener dicha posesión, uso o conocimiento. JHA tendrá, además de cualquier otro recurso disponible por ley o equidad, el derecho de solicitar medidas cautelares que prohíban cualquier uso o posesión indebida de los secretos comerciales contenidos en los Servicios o el Software por parte de cualquier parte. El Comerciante reconoce que JHA sufrirá un daño irreparable en caso de dicho uso o posesión indebida de los secretos comerciales contenidos en los Servicios o el Software y que otras soluciones son inadecuadas.

8 Privacidad y seguridad de datos por JHA:

  • De acuerdo con las leyes y regulaciones de privacidad de datos aplicables a este Acuerdo, que pueden incluir, entre otras, la Ley Gramm-Leach-Bliley ("GLBA") y la Ley de Responsabilidad y Portabilidad del Seguro Médico ("HIPAA"), JHA no divulgar o permitir el acceso o el uso de la información personal no pública del Comerciante o sus Clientes puesta a disposición por el Comerciante a JHA para cualquier propósito distinto de aquellos específicamente requeridos para cumplir con las obligaciones contractuales de JHA con el Comerciante. JHA no venderá la información sobre el Comerciante o sus Clientes por ningún motivo. En relación con la prestación de servicios al Comerciante, JHA tomará todas las medidas comercialmente razonables para garantizar la privacidad y seguridad de la información del Comerciante y sus Clientes en posesión de JHA y protegerá contra amenazas y peligros anticipados a la seguridad de dicha información. JHA tomará todas las medidas comercialmente razonables para evitar el acceso no autorizado o el uso de dicha información que podría resultar en daños sustanciales o inconvenientes para el Comerciante o sus Clientes. En caso de que un tribunal o agencia reguladora busque obligar a la divulgación de la información, JHA, si está legalmente permitido, notificará de inmediato al Comerciante sobre el requisito de divulgación y cooperará para que el Comerciante pueda, a su costa, tratar de impedir legalmente esta divulgación de la información.
  • JHA ha publicado por separado su compromiso de cumplimiento de seguridad y privacidad de datos con sus clientes, que corresponde como mínimo a las disposiciones de esta Sección 8 a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo. En la medida en que los compromisos adicionales de JHA se reflejen en futuras versiones publicadas de esta política, estos compromisos adicionales se incorporarán como parte de este Acuerdo sin acciones adicionales por parte de las partes. En ningún caso una declaración de cumplimiento de seguridad y privacidad de datos publicada en el futuro emitida por JHA disminuirá o eliminará cualquiera de los compromisos de JHA establecidos en esta Sección 8.
  • Si una violación de seguridad resulta en una intrusión no autorizada en los sistemas de JHA que afecte directa y materialmente al Comerciante o sus Clientes, JHA tomará las medidas apropiadas para detener la intrusión; informar sobre la intrusión al Comerciante dentro de un tiempo razonable después del descubrimiento de la intrusión; informar posteriormente las medidas correctivas adoptadas por JHA en respuesta a la intrusión; y brindar asistencia razonable al Comerciante para respaldar cualquier divulgación obligatoria sobre la intrusión del Comerciante a sus Clientes requerida por la ley. Si JHA ha notificado a las agencias de aplicación de la ley sobre la intrusión, JHA puede retrasar su notificación de la intrusión al Comerciante hasta que las agencias de aplicación de la ley lo autoricen a hacerlo.

9 Garantías:

 

  • JHA garantiza al Comerciante que sus Servicios se realizarán de manera profesional y oportuna, de acuerdo con los estándares de la industria de procesamiento de transacciones ACH y Check 21 y de acuerdo con las Reglas de NACHA y las leyes y regulaciones aplicables y cualquier política y procedimiento escrito de JHA comunicado por JHA al Comerciante. . En caso de que el Comerciante descubra un error en los Servicios o el Software que haya sido causado por JHA, si el Comerciante ha contratado directamente con JHA los Servicios, el Comerciante deberá notificar inmediatamente a JHA sobre la existencia y los detalles del error; Si el Comerciante ha contratado los Servicios con un Revendedor, entonces el Comerciante deberá proporcionar esta notificación al Revendedor. JHA aplicará esfuerzos comercialmente razonables para corregir el error dentro de un tiempo razonable después de que JHA reciba la notificación del error. EXCEPTO POR LA GARANTÍA ANTERIOR, JHA NO OFRECE OTRAS GARANTÍAS PARA LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS POR JHA Y JHA RECHAZA CUALQUIER PROMESA, DECLARACIÓN Y GARANTÍA CON RESPECTO A LOS SERVICIOS, YA SEA EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. JHA no garantiza la integridad o exactitud de la información proporcionada desde una base de datos de terceros. JHA no tendrá ninguna responsabilidad ante el Comerciante por cualquier información inválida del Cliente proporcionada por el Comerciante o por las Entradas devueltas sin pagar al Comerciante.
  • El comerciante garantiza que:
  • todas las Inscripciones enviadas a JHA para su procesamiento cumplirán con las leyes y regulaciones aplicables y las Reglas de NACHA relacionadas con las Inscripciones;
  • El Comerciante cumplirá con todas las leyes, regulaciones y Reglas de NACHA aplicables a las actividades del Comerciante cubiertas por este Acuerdo;
  • toda la información proporcionada por el Comerciante inicialmente en su solicitud y la documentación de respaldo y posteriormente en todas las actualizaciones de su solicitud y la documentación de respaldo proporcionada a JHA de conformidad con la Sección 2.1 anterior es válida, completa, precisa y actualizada; y
  • la persona que firma y envía este Acuerdo, la solicitud de compra de los Servicios de JHA y todas las actualizaciones futuras de la solicitud y la documentación de respaldo tiene la autoridad legal para celebrar y obligar al Comerciante a los acuerdos, garantías y compromisos establecidos en este Acuerdo y el presentó la solicitud en nombre del Comerciante.
  • Es política corporativa de JHA no proporcionar intencionalmente Servicios de Procesamiento a ninguna persona u organización cuyo uso de los Servicios de Procesamiento implique o se relacione con cualquier actividad que sea ilegal según la ley de los EE. UU. o implique una actividad o negocio con el cual JHA se niega a aceptar y realizar negocios en general. (“Actividad o Actividades Excluidas”). El Comerciante garantiza que no realizará ninguna de las Actividades excluidas, que incluyen, entre otras, las siguientes:
    • Cambiadores de cheques o empresas de servicios monetarios (MSB)
    • Servicios de reparación de crédito, consolidación de deudas y programas de condonación.
  • Subvención del gobierno o kits de redacción de testamentos
  • Juegos de azar por Internet o aceptar pagos relacionados con juegos de azar por Internet
  • Ventas farmacéuticas por Internet.
  • Venta de tabaco o armas de fuego por Internet.
  • Suscripciones a revistas
  • Organizaciones que residen fuera de América del Norte o territorios de EE. UU.
  • Telemercadeo saliente
  • Negocio de préstamos de día de pago o de alto riesgo
  • Pornografía u otros negocios de orientación sexual.
  • Servicios de solicitud de vacaciones/tiempo compartido prepagos
  • Servicios de consulta psíquica u horóscopo.
  • Lotería de carreras
  • JHA podrá publicar a sus revendedores y clientes de vez en cuando una lista más detallada y completa de negocios y actividades que JHA incluye dentro del alcance de las Actividades excluidas. JHA se reserva el derecho de rechazar cualquier cuenta de Cliente propuesta o de negarse a procesar una transacción para un Cliente que JHA considere, a su exclusivo criterio, que puede utilizar los Servicios de procesamiento junto con cualquier Actividad excluida. Si JHA descubre después de aceptar una cuenta de Cliente que el Cliente está utilizando los Servicios de procesamiento junto con una Actividad excluida, JHA puede terminar inmediatamente la prestación de Servicios de procesamiento a ese Cliente mediante notificación por escrito al Cliente.
  • Con respecto a las Transacciones de Check 21, la parte que imprime un Cheque Sustituto será totalmente responsable de todas las garantías de Check 21 y las indemnizaciones aplicables asociadas con el Cheque Sustituto impreso. JHA no será responsable de la garantía de presentación duplicada ni de ninguna indemnización por cheque sustituto que pueda surgir según el Cheque 21. JHA solo será responsable de la garantía de equivalencia legal en virtud de este Acuerdo si JHA es la parte que realiza la conversión inicial de las Entradas del Comerciante a un Cheque Sustituto, y en ningún caso JHA será responsable de cualquier degradación posterior del Cheque Sustituto que pueda ocurrir debido al manejo del Cheque Sustituto por parte de un tercero.

10 Indemnización:

 

  • JHA indemnizará, defenderá y eximirá al Comerciante de toda responsabilidad por todos los reclamos, acciones, pérdidas y gastos, incluidos los honorarios razonables de abogados y costos legales, incurridos por el Comerciante que surjan de un reclamo de un tercero de que los Servicios o el Software son propiedad de JHA y los proporciona bajo este Acuerdo infringe los derechos de propiedad intelectual válidos del tercero, siempre que el Comerciante notifique inmediatamente a JHA la recepción de la notificación de dicho reclamo, se le dé el control de la defensa o la resolución de dicho reclamo y se le brinde la asistencia razonable solicitada por JHA. a costa de JHA con respecto a dicha reclamación.
  • El Comerciante indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad a JHA, la ODFI y el Banco de Primer Depósito de y contra todos los reclamos, acciones, pérdidas y gastos, incluidos los honorarios razonables de abogados y costos legales, incurridos por JHA, la ODFI y/o el Banco de Primer depósito que surja de (a) el incumplimiento por parte del Comerciante de este Acuerdo, las Reglas de NACHA o las leyes y regulaciones aplicables; (b) devolución de una Entrada debido a datos o información incorrectos o incompletos proporcionados por el Comerciante en la presentación de la Entrada a JHA, una cuenta de Cliente cerrada o fondos insuficientes en la cuenta del Cliente, y/o (c) actividad fraudulenta, ilícita o uso no autorizado de los Servicios, o envío de Entradas fraudulentas o ilegales por parte del Comerciante o un tercero que haya obtenido acceso a los Servicios mediante el uso de la contraseña del Comerciante.

11 Limitaciones de responsabilidad: EN NINGÚN CASO JHA, LA ODFI O EL BANCO DE PRIMER DEPÓSITO SERÁN RESPONSABLES ANTE EL COMERCIANTE O CUALQUIER OTRA PARTE POR CUALQUIER PÉRDIDA DE GANANCIAS O CUALQUIER DAÑO INCIDENTAL, CONSECUENTE, ESPECIAL, EJEMPLAR O PUNITIVO, INCLUSO SI LA POSIBILIDAD DE LA OCURRENCIA DE TALES DAÑOS ERA PREVISIBLE. Excepto por la responsabilidad de indemnización de JHA establecida en la Sección 10.1 anterior y los daños directos y reales que surjan de cualquier acción u omisión de acción por parte de JHA que constituya negligencia grave o mala conducta intencional de JHA, la responsabilidad agregada y acumulativa de JHA ante el Comerciante por todos los reclamos de daños directos reales. Los daños relacionados con los Servicios, este Acuerdo o la relación entre JHA y el Comerciante, incluida cualquier causa de acción contractual, negligencia, agravio, responsabilidad estricta o de otro tipo, no excederán un monto igual al monto total de todas las tarifas pagadas por el Comerciante a JHA o un Revendedor (según sea el caso) por los Servicios prestados en virtud de este Acuerdo durante el período de tres (3) meses anterior al inicio del reclamo que da lugar a la responsabilidad.

12 Plazo y Terminación:

  • Término: Este Acuerdo tendrá una vigencia inicial de un (1) año a partir de la Fecha de Vigencia. Al vencimiento del plazo inicial, este Acuerdo se renovará automáticamente por términos adicionales de doce (12) meses consecutivos, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito su elección de no renovar este Acuerdo a la otra parte a más tardar sesenta (60) días calendario antes de el final del mandato entonces vigente.
  • Terminación por causa:
    • Terminación por incumplimiento material: Cualquiera de las partes puede rescindir este Acuerdo con causa justificada previa notificación por escrito a la otra parte del incumplimiento de este Acuerdo cometido por la otra parte y dándole a la otra parte un tiempo razonable para subsanar el incumplimiento. A los efectos de este Acuerdo, se considerará que un tiempo razonable para subsanar el incumplimiento especificado en la notificación escrita es:
      • Por cualquier incumplimiento de las Secciones 2.1, 2.2, 3.1, 3.2, 5.1, 7 o 9.2 anteriores: Cinco (5) días hábiles a partir de la recepción de la notificación por escrito.
      • Para todos los demás tipos de incumplimiento de este Acuerdo, excepto lo dispuesto a continuación: Treinta (30) días calendario a partir de la recepción de la notificación por escrito del incumplimiento.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que cualquiera de las partes viole materialmente cualquier disposición de este Acuerdo mediante fraude, acto de intención de defraudar, falta de notificación a la otra parte de un cambio material en la estructura financiera de la parte o un cambio material en la información proporcionada originalmente para inducir la otra parte para celebrar el Acuerdo, la parte que no incumple puede rescindir inmediatamente este Acuerdo por escrito sin darle a la parte que incumple la oportunidad de subsanar el incumplimiento con notificación previa por escrito.

  • Terminación debido a cambios de circunstancias: JHA se reserva el derecho de rescindir este Acuerdo total o parcialmente en cualquier momento debido a la ocurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias cambiadas:
    • El comerciante se declara insolvente, entra en suspensión de pagos, moratoria, reorganización o quiebra, hace una cesión general en beneficio de sus acreedores, admite por escrito su incapacidad para pagar las deudas a su vencimiento, sufre o permite el nombramiento de un síndico para sus negocios o activos, o se aprovecha o queda sujeto a cualquier otro procedimiento judicial o administrativo relacionado con la insolvencia o la protección de los derechos de los acreedores, cualquiera de los cuales, a juicio razonable de JHA, perjudica la capacidad del Comerciante para cumplir con sus responsabilidades en virtud de este Acuerdo;
    • A criterio exclusivo de JHA, existe un deterioro u otro cambio materialmente negativo en el estado o estructura financiera del Comerciante que aumenta el riesgo financiero que asume JHA al procesar las Entradas del Comerciante;
    • Hay un cambio en las leyes, regulaciones o Reglas de NACHA que son aplicables a este Acuerdo y la provisión de cualquiera de los Servicios por parte de JHA que restringe o prohíbe a JHA proporcionar los Servicios afectados al Comerciante o aumenta significativamente los costos de JHA al proporcionar los Servicios afectados a sus clientes en general; o
    • El negocio y/o los activos del comerciante son adquiridos por un competidor de JHA,

En estos casos, JHA notificará por escrito la terminación sobre esta base al Comerciante, que entrará en vigencia una vez que el Comerciante la reciba.

  • Supervivencia de las obligaciones: Las disposiciones de las Secciones 7, 8, 9, 10 y 12 de este Acuerdo y cualquier otra disposición de las otras Secciones de este Acuerdo que por su naturaleza razonablemente se espera que continúen aplicándose después de la terminación de este Acuerdo sobrevivirán a la terminación de este acuerdo.

13 DISPOSICIONES GENERALES:

 

  • Ley que rige: Este Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Missouri, sin tener en cuenta sus principios de conflicto de leyes.
  • Aviso: Cualquier notificación requerida o permitida en virtud del presente se realizará por escrito y se enviará por correo certificado, con acuse de recibo, o por correo expreso de un día para otro, conservando el comprobante de entrega y dirigido a las respectivas partes a la dirección que se establece a continuación. La notificación de incumplimiento o terminación de este Acuerdo enviada a JHA deberá dirigirse a la misma dirección, atención Departamento Jurídico.
  • Asignación: Este Acuerdo no será cedido ni delegado total o parcialmente por el Comerciante a ninguna otra parte sin el consentimiento previo por escrito de JHA, el cual no será retenido injustificadamente.
  • Honorarios legales: En caso de cualquier disputa que surja de o esté relacionada con los términos de este Acuerdo, la parte que prevalezca tendrá derecho a recuperar los honorarios razonables de sus abogados, costos judiciales y gastos de cobro, además de cualquier otra recuperación.
  • Fuerza mayor: Si la ejecución por parte de JHA, la ODFI, el Banco de Primer Depósito o cualquiera de sus respectivos afiliados de cualquier Servicio u obligación bajo este Acuerdo se impide, restringe, retrasa o interfiere debido a actos o eventos fuera de su control razonable, incluidos, entre otros, conflictos laborales y huelgas; actos de la naturaleza, incendios, inundaciones, rayos, huracanes, terremotos o condiciones climáticas adversas; fallas de servicios públicos o comunicaciones; fallas de la red del sistema ODFI, ACH o del Banco de la Reserva Federal; interrupciones relacionadas con la computadora o retrasos en la recepción de datos electrónicos; guerra, conmoción civil o actos de terrorismo; o la introducción de cualquier nueva ley, orden o regulación que prohíba o restrinja el cumplimiento de este Acuerdo, entonces JHA, la ODFI, el Banco de Primer Depósito y sus respectivos afiliados afectados por la ocurrencia de dichos actos o eventos estarán excusados de su cumplimiento. en virtud del presente en la medida de la prevención, restricción, demora o interferencia.
  • Enmienda: Este Acuerdo podrá modificarse únicamente mediante un documento escrito firmado por representantes autorizados de ambas partes.
  • Acuerdo completo: Este Acuerdo contiene el acuerdo completo entre el Comerciante y JHA en relación con el tema tratado en este documento, y reemplaza cualquier entendimiento o acuerdo anterior o contemporáneo, ya sea oral o escrito, entre las partes con respecto al tema de este Acuerdo.
  • Formulario y entrega del acuerdo firmado: Este Acuerdo podrá ser ejecutado por las partes aplicando firmas manuales o electrónicas de sus representantes autorizados a documentos originales o facsímiles, copias escaneadas u otras copias electrónicas de documentos originales y transmitidas por medios físicos o electrónicos para este fin. Para fines de prueba legal, una copia facsímil, escaneada u otra copia electrónica de este Acuerdo con las firmas de los representantes autorizados de ambas partes se aceptará como equivalente a una copia original firmada de este Acuerdo.
  • Contratistas independientes: Las partes son y seguirán siendo contratistas independientes y no tendrán ningún derecho o autoridad legal para asumir compromisos vinculantes en nombre de la otra parte.

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